Impuestos · 21 de septiembre de 2026
AJD o ITP: qué impuesto pagas al extinguir el condominio
Por qué una extinción bien hecha paga AJD y no ITP, tipos 2026 por comunidad y sobre qué base se calcula.
El ahorro fiscal es el argumento de la extinción frente a una compraventa entre copropietarios. ITP de vivienda usada: 6–10 % según la comunidad. AJD de la escritura: 0–1,5 %. Sobre la misma cuota, la diferencia son miles de euros.
Por qué AJD y no ITP
El Tribunal Supremo (desde la STS 1484/2018) y la Dirección General de Tributos tratan la extinción de un bien indivisible, con compensación en dinero, como especificación de un derecho que ya tenías, no como una transmisión onerosa. Se documenta en escritura e inscribe: entra la cuota gradual de AJD.
La base imponible es la parte que adquieres de nuevo, no el valor total del inmueble. Casa de 400.000 € al 50 %: base 200.000 €. En Madrid, al 0,75 %, pagas 1.500 € de AJD. Si fuera compraventa al 6 %, 12.000 €.
Tipos generales 2026
Madrid 0,75 % AJD / 6 % ITP. Cataluña 1,5 / 10. Comunitat Valenciana 1,4 / 10. Andalucía 1,2 / 7. País Vasco 0 / 7. Navarra 0,5 / 6. La tabla completa está en la guía.
Algunas comunidades bajan el tipo a jóvenes, familia numerosa o vivienda habitual. Otras revisan el valor declarado. Una extinción con compensación irrisoria respecto al valor de mercado es la receta de una liquidación complementaria.
Otros impuestos que no son tuyos (o sí)
Plusvalía municipal e IRPF suelen recaer en quien cede su parte. La hipoteca nueva: AJD, notaría y registro los paga el banco desde 2019. Tú, tasación y los gastos de la extinción.
Compara tu CCAA en la calculadora: verás AJD, ITP evitado y ahorro en la misma pantalla.