Impuestos · 22 de septiembre de 2026
Plusvalía municipal e IRPF si sales de la casa en una extinción
Quién paga la plusvalía del ayuntamiento y la ganancia en renta cuando cobras la compensación y dejas de ser copropietario.
Quien se queda la casa mira el AJD y la hipoteca. Quien sale mira otros dos impuestos: la plusvalía municipal (IIVTNU) y el IRPF. No los paga el banco. Los paga, de entrada, quien cobra la compensación y pierde su cuota en el Registro.
Una extinción bien hecha evita el ITP. No borra, por sí sola, plusvalía ni renta. Son cajas distintas.
Plusvalía municipal
El IIVTNU grava el aumento de valor del suelo urbano entre que compraste (o heredaste) y que sales. El sujeto pasivo suele ser quien transmite: tú, si te vas. El ayuntamiento no pregunta si fue divorcio o herencia; pregunta fechas, valor catastral del suelo y si hubo incremento.
Desde la reforma de 2021 (y las sentencias del Constitucional) hay dos vías: la objetiva (coeficientes del ayuntamiento) y la de ganancia real. Si el suelo no ha subido, puedes alegar que no hay hecho imponible. Si ha subido poco, compara las dos y liquida la menor. Un piso comprado en 2021 y extinguido en 2026 a menudo debe poco; uno de 2004, más.
Plazo habitual: 30 días hábiles desde la escritura, en el ayuntamiento del inmueble. No es el mismo papel que el AJD de la comunidad.
IRPF de quien cobra
Hacienda trata la compensación como una alteración patrimonial. Ganancia = lo que cobras − el coste de adquisición de tu cuota (precio, gastos de compra, herencia aceptada, mejoras). Si el piso se revalorizó, hay factura en la renta del año siguiente. Si cobras justo tu parte del equity y compraste caro en 2007, puede no haber ganancia, o haber pérdida.
No confundas valor de mercado con lo que declara el notario. Una compensación irrisoria respecto al valor de referencia del Catastro es la receta de una comprobación. Tampoco mezcles pensión de alimentos y precio de la cuota en un solo número: el IRPF los ve aparte.
La DGT y los tribunales discuten matices cuando solo «especificas» un derecho que ya tenías. En la práctica, si hay dinero y sales del 50 % al 0 %, cuenta con que tendrás que declararlo. Un asesor con la escritura en la mesa, no un tuit.
Quién no suele pagarlos
Quien se adjudica la vivienda no paga plusvalía por quedársela (no transmite suelo). El AJD de la extinción sí es suyo. La hipoteca nueva: AJD, notaría y registro los asume el banco desde 2019. Plusvalía e IRPF del que sale no se financian con esa hipoteca salvo que lo pactéis y el banco lo meta en el capital.
Cómo no pelearos
Dejad en el acuerdo quién liquida el IIVTNU, quién presenta el modelo de ganancia y si la compensación ya va neta o bruta de esos impuestos. Sin esa frase, el notario escribe y a los dos meses llega una carta al que ya no vive ahí.
La calculadora te da compensación, AJD y hipoteca. Plusvalía e IRPF dependen de tu fecha de compra y del ayuntamiento: no caben en un tipo único. Más contexto en AJD o ITP y en cómo se calcula la compensación.